La inclusión laboral se implementa.
Y esa parte la hacemos nosotros. Leyes 21.015 y 21.275 para empresas de más de 100 trabajadores: política, diagnóstico, accesibilidad, capacitación y contratación.
Cuatro frentes del mismo cumplimiento
Las leyes 21.015 y 21.275 no se cumplen con una contratación. Se cumplen con un sistema que hay que montar, documentar y sostener en el tiempo.
Asesoría Ley 21.015
La cuota del 1% para empresas de 100 o más trabajadores, las medidas alternativas y lo que cambió con la Ley 21.690: multas de 20 a 30 UTM por cada mes incumplido y por cada persona que debió contratarse.
ConsultarPolítica de Diversidad e Inclusión
Ajustada al reglamento vigente: diagnóstico, barreras del entorno y actitudinales, plan de acción y programa de capacitación. Y el envío electrónico a la Dirección del Trabajo que toca cada enero.
ConsultarEvaluación de accesibilidad
Espacios comunes, análisis de puesto de trabajo y evaluación funcional, para saber qué ajustes razonables hacen falta antes de contratar y no después.
ConsultarCapacitación y gestor certificado
Plan anual para trabajadores y líderes, y certificación del gestor de inclusión laboral. La certificación es de la persona y el rol no se externaliza: el gestor tiene que ser alguien de tu empresa.
ConsultarUn asesor estratégico, no un proveedor de cursos
Acompañamos la implementación completa de las leyes 21.015 y 21.275 en cada organización, con un abordaje que parte de lo que la empresa ya tiene y no de una plantilla.
Trabajamos con metodología mixta porque el cumplimiento tampoco es una sola cosa: una parte se resuelve contratando, otra capacitando y otra documentando. Separar esas tres evita que una empresa pague por lo que no necesita y siga expuesta en lo que sí.
El resultado no es una carpeta: es un sistema que la empresa puede sostener sola, con responsables definidos, evidencia archivada y el calendario de lo que hay que reportar cada año.
Diagnóstico primero
Saber dónde está la empresa antes de proponerle nada.
Documentación que resiste
Lo que se entrega a la Dirección del Trabajo tiene que poder sostenerse.
Reclutamiento sin costo
Empleos Nexo es gratuito para empresas comprometidas con la Ley 21.275.
Dónde hemos incluido
La inclusión no se parece a sí misma en todos los rubros. Estos son los que conocemos por dentro, con los puestos donde la inclusión efectivamente ocurrió.
Minería
Campañas de acreditación internas e inclusión en cargos profesionales, administrativos y operativos.
Tiendas retail
Cargos administrativos, atención al cliente, caja, venta, reposición y bodega, replicados a lo largo de la cadena.
Hotelería
Recepción, mucama, apoyo en salón, runner y auxiliar de aseo, además de roles administrativos.
Producción de alimentos
Operario de producción masiva, línea de casino, ayudante de cocina y repostería.
Cafeterías
Muchos puestos distintos en poco espacio, con exigencias muy variables: es donde más fácil calza un perfil funcional.
Ingeniería y logística
Flujos de reclutamiento inclusivo establecidos en el manual, con todas las vacantes difundidas por igual.
Unidad de Estudios e Impacto
Donar no es lo mismo que incluir
Revisamos el mecanismo de donaciones de la Ley 21.015 entre 2018 y 2025, con información pedida por Ley de Transparencia a la Subsecretaría de Evaluación Social. Lo publicamos entero, con la base de datos incluida, porque el debate sobre el mecanismo le sirve a todo el sector.
Descargar el informe (PDF)movilizados a través de 135 proyectos aprobados en el período.
de lo recaudado se concentra en cuatro fundaciones, que reportan el 27,5% de las inclusiones.
cuesta cada inserción en el tramo que más recauda. Las organizaciones con menos presupuesto la consiguen por bastante menos.
Las unidades del Grupo Nexo
Nexo Inclusivo asesora, y alrededor hay tres organizaciones más que resuelven las otras partes del problema: la capacitación, el reclutamiento y el apoyo al empleo.
NexoCap
OTEC del grupo. Capacita a empresas y a sus equipos, y forma a personas con discapacidad dentro y fuera de la compañía.
Visitar nexocap.cl
Empleos Nexo
Portal de reclutamiento inclusivo, gratuito para las empresas que cumplen o se comprometen con la Ley 21.275.
Visitar empleosnexo.cl
Fundación Neo Inclusión
Centro de apoyo al empleo como medida alternativa de la Ley 21.015, y el Café Inclusivo acogido a la Ley 19.885.
Visitar fundacionneoinclusion.clPreguntas frecuentes sobre las leyes de inclusión laboral
Lo que más nos preguntan las empresas antes de empezar. Si tu caso no calza con ninguna, escríbenos y lo vemos.
¿Qué empresas están obligadas?
Las de 100 o más trabajadores. La Ley 21.015 les exige que al menos el 1% de la dotación sean personas con discapacidad o asignatarias de pensión de invalidez. La Ley 21.275 suma tres obligaciones a esas mismas empresas: gestor de inclusión laboral certificado, política de inclusión y diversidad, y programas anuales de capacitación.
¿Cuándo sube la cuota al 2%?
Cuando el 80% de las empresas obligadas cumpla el 1%. Lo estableció la Ley 21.690: no es una fecha en el calendario, es una condición que se activa sola. Todavía no se alcanza, y por eso prepararse ahora cuesta menos que reaccionar cuando ocurra.
¿Se puede cumplir sin contratar?
Solo con razón fundada, y la ley acota cuáles son: la naturaleza de las funciones que desarrolla la empresa, o la falta de personas interesadas en las ofertas de trabajo. Recién ahí se abren las dos medidas alternativas: contratar servicios a empresas que emplean personas con discapacidad, o donar a proyectos de organizaciones habilitadas.
¿Cuánto cuesta la medida alternativa de donación?
El monto anual mínimo equivale a 24 ingresos mínimos mensuales por cada puesto que no se cubrió. La Ley 21.690 además puso topes: hasta el 50% a una sola organización, y al menos una receptora fuera de la Región Metropolitana.
¿Qué arriesga una empresa que no cumple?
Desde la Ley 21.690, multas de 20 a 30 UTM por cada mes de incumplimiento y por cada persona que debió contratarse. Se acumulan en dos dimensiones a la vez, así que el costo crece mientras la situación siga sin resolverse.
¿Qué hay que informar, y cuándo?
Cada enero se comunica electrónicamente a la Dirección del Trabajo el cumplimiento del año anterior. Es una obligación recurrente, y es la que deja en evidencia si la documentación interna existe o si se armó a última hora.
¿El gestor de inclusión puede ser externo?
No. Según el primer dictamen de la Dirección del Trabajo sobre la Ley 21.275, la certificación es de la persona y el gestor debe ser un trabajador con contrato directo. Lo que corresponde es certificar a alguien de tu propia empresa, no contratar a un tercero para el cargo.
¿Qué tiene que contener la política de inclusión?
El reglamento vigente, el Decreto Supremo N° 64 actualizado por el Decreto Supremo N° 36 de 2023, pide cuatro cosas: diagnóstico del estado de inclusión en la organización, identificación de las barreras del entorno y actitudinales, plan de acción sobre selección, contratación, inducción, gestión del talento y desvinculación, y programas periódicos de capacitación a todos los trabajadores.
¿En qué parte del cumplimiento está tu empresa?
Cuéntanos qué tienen resuelto y qué no. De esa conversación sale un diagnóstico, no una cotización genérica.